El procurador general de la Nación, Eduardo Casal, dictaminó que la Corte Suprema de Justicia de la Nación debería revocar la medida cautelar que permitió a Cristina Fernández de Kirchner volver a percibir la pensión vitalicia como viuda del expresidente Néstor Kirchner.
El dictamen, de 13 páginas, no es vinculante, pero constituye un paso previo a la decisión que deberá adoptar el máximo tribunal en el expediente.
Los argumentos de Casal
El jefe del Ministerio Público Fiscal sostuvo que la decisión de la Cámara Federal de la Seguridad Social presenta una «contradicción jurídica insalvable» porque:
Reconoce que corresponde al juez de ejecución penal definir los alcances de la condena y de la inhabilitación.
Pero, al mismo tiempo, ordena mediante una cautelar que la ex presidenta continúe cobrando la pensión.
Según Casal, esa resolución desconoce los efectos de la condena firme en la causa Vialidad y afecta la coherencia del sistema judicial.
El eje del debate
El dictamen pone el foco en el artículo 19 del Código Penal, que establece que las condenas a prisión superiores a tres años llevan aparejada la inhabilitación absoluta, la cual incluye la suspensión del goce de: jubilaciones; pensiones; retiros civiles o militares, durante el tiempo que dure la condena.
Para Casal, la Cámara privilegió únicamente el carácter alimentario de la prestación y dejó sin analizar adecuadamente el efecto jurídico de esa inhabilitación.
La postura de Cristina Kirchner
La defensa de la ex presidenta sostiene que: la decisión de la Administración Nacional de la Seguridad Social de dar de baja el beneficio carece de sustento legal suficiente; la pensión tiene naturaleza alimentaria; por ello debe mantenerse vigente hasta que exista una sentencia definitiva sobre el fondo del litigio.
Cómo comenzó el conflicto
La controversia se originó en noviembre de 2024, cuando la ANSES resolvió retirar dos beneficios especiales que percibía Cristina Kirchner: la asignación mensual vitalicia como expresidenta; la pensión vitalicia como viuda de Néstor Kirchner.
La decisión se fundamentó en la condena por corrupción en la causa Vialidad, posteriormente confirmada en forma definitiva.
En primera instancia, la Justicia rechazó el pedido de restitución. Sin embargo, en febrero de 2026 la Cámara Federal de la Seguridad Social ordenó devolver provisoriamente la pensión mediante una medida cautelar, considerando prioritario su carácter alimentario mientras continúa el juicio principal.
Qué debe decidir la Corte
Ahora la Corte Suprema deberá resolver si: mantiene la cautelar y permite que Cristina Kirchner siga cobrando la pensión hasta que concluya el proceso principal, o hace lugar al recurso del Estado y del Ministerio Público Fiscal, dejando sin efecto la restitución del beneficio.
La resolución tendrá un alcance que excede este caso, ya que fijará un criterio sobre si una condena penal firme con inhabilitación absoluta puede impedir el cobro de las prestaciones especiales previstas para expresidentes y sus derechohabientes, así como sobre los límites de otros fueros para dictar medidas cautelares que puedan afectar la ejecución de una sentencia penal firme.







