La Justicia sancionó al Gobierno con una multa diaria por incumplir la Ley de Financiamiento Universitario

FUBA

El juez Martín Cormick fijó una multa de $100.000 por día al jefe de Gabinete, Diego Santilli, ante la falta de cumplimiento de una medida cautelar que ordena actualizar los salarios docentes y no docentes y garantizar los fondos para becas estudiantiles.

La Justicia Federal impuso una multa diaria de $100.000 al jefe de Gabinete de Ministros, Diego Santilli, por el incumplimiento de una medida cautelar vinculada con la Ley de Financiamiento Universitario. La resolución fue firmada este miércoles por el juez en lo Contencioso Administrativo Federal Martín Cormick, quien consideró acreditado que el Estado Nacional no cumplió con las obligaciones establecidas en la decisión judicial.

La medida exige actualizar los salarios del personal docente y no docente de las universidades públicas, además de recomponer y garantizar los fondos destinados a las becas estudiantiles. La sanción, conocida como astreintes, busca presionar al funcionario responsable para que se cumpla lo ordenado por la Justicia.

El magistrado dispuso inicialmente una multa de $100.000 por cada día de demora y advirtió que tanto el monto como los funcionarios alcanzados podrían modificarse si persiste el incumplimiento.

Una cautelar que continúa vigente

La resolución se dictó a partir de un planteo del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), que denunció que el Estado seguía sin cumplir la medida cautelar, confirmada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación el 25 de junio de 2026.

Según los antecedentes del expediente, Cormick había intimado al Gobierno a cumplir con lo dispuesto en un plazo de cinco días, que venció el 22 de septiembre. Posteriormente, el plazo fue prorrogado por otros cinco días, pero, de acuerdo con lo señalado por la parte demandante, los pagos reclamados todavía no se habían concretado.

Ante esa situación, el CIN solicitó que se hiciera efectiva la advertencia judicial y se aplicaran multas diarias y progresivas por cada jornada de demora. El juez hizo lugar al planteo y dispuso la sanción contra el titular de la Jefatura de Gabinete.

En paralelo, el expediente principal continúa su trámite en la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal. Cormick concedió la apelación presentada por el Estado contra el fallo que declaró inconstitucional una cláusula del decreto 759/2025, mediante la cual el Poder Ejecutivo había condicionado la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario.

Sin embargo, el planteo del Gobierno no suspendió la vigencia de la medida cautelar, por lo que las obligaciones fijadas judicialmente continúan en pie.

Qué establece la Ley de Financiamiento Universitario

La normativa contempla una recomposición de los salarios del personal docente y no docente de las universidades públicas, tomando como referencia la evolución de la inflación.

De acuerdo con el cálculo incluido en el expediente, la adecuación correspondiente a septiembre de 2025 debía reflejar la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) entre enero de 2023 y julio de 2025. Esa actualización representaría un incremento del 40,25% sobre los salarios básicos liquidados en julio de 2025.

Además, la ley establece que las remuneraciones deben actualizarse mensualmente de acuerdo con la evolución del IPC. También dispone la recomposición y actualización de las becas estudiantiles.

Los argumentos del Gobierno

En su apelación, el Estado Nacional cuestionó el alcance de la medida y sostuvo que su cumplimiento podría afectar el funcionamiento de la administración pública. Argumentó que la resolución judicial exige afrontar pagos sin determinar con precisión las sumas adeudadas ni el alcance económico concreto de las obligaciones.

Por ese motivo, solicitó que la apelación tuviera efecto suspensivo, pedido que fue rechazado por el magistrado.

El Gobierno también afirmó que había presentado un informe sobre las medidas adoptadas para cumplir con la decisión judicial y defendió los aumentos salariales otorgados desde diciembre de 2023.

Según los datos expuestos en su presentación, el incremento acumulado de las partidas destinadas a salarios universitarios alcanzó el 226,80% con la suba del 21,33% dispuesta en junio de 2026. Para el Ejecutivo, ese porcentaje superaba el 226,40% que correspondía, según su interpretación, para el período comprendido entre diciembre de 2023 y agosto de 2025.

Asimismo, indicó que, una vez firme la cautelar, convocó a la paritaria trimestral prevista en la Ley de Financiamiento de la Educación Universitaria. En ese ámbito, sostuvo que propuso una recomposición del 3% para septiembre de 2026, complementaria del aumento del 3% acordado en junio y con impacto en los haberes de octubre.

Desde la perspectiva oficial, ambas medidas representaban una actualización superior al 6% y respondían al piso de recomposición vinculado con la inflación registrada entre junio y agosto.

Por último, el Ejecutivo cuestionó el criterio que llevaría a exigir un aumento salarial acumulado del 312,19% entre diciembre de 2023 y junio de 2026. Argumentó que esa interpretación no se corresponde con la Ley de Presupuesto 2026, que no contempló partidas para afrontar una recomposición de esa magnitud.

Con la imposición de las astreintes, la Justicia busca que el Estado avance en el cumplimiento de la cautelar mientras continúa la discusión judicial sobre la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario.

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