La feria judicial fue extendida hasta el 12 de abril

El Superior Tribunal de Justicia resolvió extender la Feria Judicial Extraordinaria por razones sanitarias a partir de 1 de abril hasta el 12 de abril del corriente año, inclusive.

El receso podrá extenderse si se mantienen las razones de emergencia.

Lo resuelto se encuentra plasmado en la Acordada N° 24/2020 y Anexo, en la que, además, se suspenden, durante el receso extraordinario, todos los plazos procesales y audiencias. Sólo se tramitarán las causas consideradas de carácter urgente por el artículo 38 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
El horario de asistencia y atención será entre las 8.30 y las 12.30, sin tolerancia; en tanto, la modalidad de atención al público será restringida, de una persona por vez.

En el Anexo de la mencionada Acordada, se designan a los magistrados, funcionarios y empleados que cumplirán funciones durante el receso extraordinario en los Tribunales, Juzgados y Organismos del Poder Judicial de los Centros Judiciales de San Salvador de Jujuy y San Pedro de Jujuy

En cuanto a los magistrados, funcionarios y empleados exceptuados de la prestación de servicios, que se encuentran en situación de guardia pasiva, deberán permanecer inexorablemente en sus respectivos domicilios, bajo apercibimiento de sanciones administrativas, incluido el descuento de haberes, y acciones penales en su caso.

En la Acordada Nº 24/2020, el Superior Tribunal de Justicia hace saber que ante las medidas adoptadas por el Estado Nacional respecto de la extensión hasta el 12 de abril del “Aislamiento Comunitario Obligatorio “ por la emergencia sanitaria, es necesario extender la Feria Judicial Extraordinaria, toda vez que se mantiene la situación de emergencia ante la gravedad de la rápida propagación del COVID-19 “Coronavirus” y el consecuente riesgo para la salud pública.

Personal excluido de prestar servicios

Quedan excluidas de prestar servicios aquellas personas en situación de riesgo, a saber: a) personal de 65 años o más; b) personal menor de 65 años con cardiopatías, diabetes, inmunodeprimidos, enfermedades pulmonares crónicas, hipertensión arterial, embarazadas y en período de lactancia; c) casos especiales acreditados por documentación médica actualizada en los últimos 30 días; d) los magistrados, funcionarios y personal que hubiesen regresado del extranjero; quienes deberán dar cuenta de dicha situación y cumplir con la cuarentena obligatoria.
Asimismo, el Alto Tribunal exhorta al público en general a denunciar –munido de las pruebas respectivas- ante Superintendencia aquellas situaciones que impliquen un incumplimiento a la Acordada.

También, hace un llamado a los abogados, procuradores y público en general a concurrir a los edificios de tribunales, sólo para realizar actos urgentes e indispensables.
Por otra parte, el Presidente del Superior Tribunal de Justicia quedo facultado para resolver las cuestiones no contempladas en la Acordada dado el carácter dinámico y cambiante de la situación epidemiológica.

Finalmente, se invita al Ministerio Público de la Acusación y al de la Defensa Pública Penal a adherir a la citada Acordada.
El texto completo de la Acordada Nº 24/2020 y Anexo puede ser consultado en la página oficial del Poder Judicial en Internet: www.justiciajujujuy.gov.ar

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