El Gobierno reformará el proceso de selección de jueces de la Corte Suprema

El presidente Javier Milei avanzará con una reforma del mecanismo de selección de jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. La medida será oficializada en las próximas horas mediante un decreto elaborado por el ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques, que modifica el régimen establecido por el Decreto 222/03 con el objetivo de acelerar la cobertura de vacantes en el máximo tribunal.

La iniciativa surge en un contexto en el que la Corte funciona con solo tres de sus cinco integrantes. Actualmente, Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti integran el tribunal, mientras permanecen vacantes los cargos que dejaron Elena Highton de Nolasco en 2021 y Juan Carlos Maqueda a fines de 2024.

Durante el año pasado, el Gobierno intentó completar esas vacantes con las postulaciones del juez federal Ariel Lijo y del académico Manuel García-Mansilla, aunque ninguna logró reunir los dos tercios de los votos necesarios en el Senado. García-Mansilla incluso llegó a asumir de manera transitoria tras ser designado en comisión, pero posteriormente presentó su renuncia.

Qué cambia

El principal cambio será la eliminación de la instancia administrativa previa que se desarrollaba en el Ministerio de Justicia. Hasta ahora, antes de que un candidato fuera enviado al Senado, sus antecedentes debían publicarse en el Boletín Oficial y en diarios de circulación nacional para permitir observaciones e impugnaciones de ciudadanos, organizaciones y colegios profesionales.

Con la reforma, esa etapa desaparecerá del ámbito del Poder Ejecutivo. El Gobierno sostiene que se trataba de una instancia redundante, ya que el propio Senado cuenta con mecanismos similares de participación ciudadana durante el tratamiento de los pliegos. De esta manera, las observaciones e impugnaciones continuarán existiendo, pero se realizarán directamente en la Cámara alta.

Además, la difusión de los antecedentes de los postulantes dejará de hacerse en medios gráficos y en el Boletín Oficial para concentrarse en el sitio web del Ministerio de Justicia, con plazos más breves.

Declaraciones juradas y controles fiscales

El decreto también establece un régimen uniforme para la presentación de información patrimonial y fiscal. Los candidatos deberán presentar sus declaraciones juradas patrimoniales en un plazo de cinco días, mientras que la ARCA tendrá un tiempo determinado para informar sobre el cumplimiento de las obligaciones impositivas y previsionales de los postulantes, un aspecto que hasta ahora no contaba con plazos específicos y podía demorar el proceso.

Se elimina la referencia a la diversidad

Otro de los puntos destacados de la reforma es la supresión de la recomendación que sugería al Presidente considerar criterios de diversidad de género, especialidad jurídica y procedencia regional al momento de proponer candidatos para la Corte.

Esa cláusula había sido utilizada por sectores de la oposición para cuestionar las postulaciones impulsadas por el Gobierno, argumentando que la normativa vigente alentaba la designación de mujeres y representantes del interior del país. Con la modificación, ese criterio dejará de figurar en el procedimiento administrativo, aunque el Ejecutivo conservará plena facultad para definir los perfiles que considere más adecuados para futuras nominaciones.

Pese a los cambios introducidos, se mantendrá intacto el requisito constitucional de que los candidatos a la Corte Suprema obtengan el respaldo de dos tercios de los senadores presentes para ser confirmados en sus cargos.

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