Se renovó el cupo de USD 200: cómo saber si podés comprar dólar “solidario” en bancos

Hoy el dólar “solidario” en bancos, a $167,05 en promedio, es más barato que el dólar libre, que es ofrecido a $170

Como cada mes, se reabrió en julio el cupo de USD 200 para poder comprar dólares en los bancos, donde la divisa es ofrecida ahora a un promedio de $167,05 (incluye el pago de impuestos del 65%).

Un precio que recuperó un poco de atractivo, debido a que por primera vez en seis meses es más barato que el dólar libre ($170).

Para acceder al mercado oficial es importante conocer las 11 claves que imposibilitan esta operatoria, restringida por las regulaciones del “cepo” cambiario.

1) Ser empleado de una empresa que cobre el ATP. El personal en relación de dependencia de una empresa adherida al Programa ATP (Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción) queda excluido de acceder al mercado de cambios oficial pues se considera al ATP como parte de la asistencia social en el marco de la pandemia.

2) Beneficiarios de planes sociales. Por ejemplo, aquellos que perciben el IFE (Ingreso Familiar de Emergencia) o la AUH (Asignación Universal por Hijo) quedan fuera de la opción por el cupo de dólares formales. Esta restricción es importante, porque abarca un universo de 8,9 millones de beneficiarios del IFE y un 1,8 millón por AUH.

3) Cotitulares de cuentas bancarias. Antes, dos titulares de una misma cuenta bancaria podían comprar divisas, pues se computaba el CUIT o el CUIL de cada uno de los individuos, pero esta alternativa quedó suspendida y ahora sólo se aprueba el cupo mensual por la cuenta y no por cada uno de los cotitulares.

4) Quienes ya utilizaron todo el cupo por gastos con tarjeta. Los consumos con tarjeta de crédito o débito en moneda extranjera también se cuentan como parte del cupo mensual de USD 200, así como el pago de servicios en el exterior como Netflix, Amazon Prime Video, Spotify, entre otros.

5) Sujetos de refinanciación de deudas. No podrán comprar dólares aquellos deudores que hayan sido beneficiados por los planes de refinanciación de cuotas de créditos personales y prendarios, implementados en el marco del ASPO. Tampoco los clientes bancarios que no pudieron afrontar vencimientos y debieron postergar las cuotas hasta el final del crédito.

6) Deudores hipotecarios con plan de refinanciación. Tal como se detalló en el punto anterior, también estarán impedidos para adquirir dólar “ahorro” aquellos deudores de créditos hipotecarios que hayan accedido a un plan de refinanciación de cuotas.

7) Deudores de tarjeta que adhirieron a un plan de pagos. Se calcula que unos dos millones de clientes bancarios utilizan la tarjeta de crédito para afrontar gastos, ante la dificultad económica que presentan las restricciones por la pandemia. Debido al crecimiento de la mora, en septiembre del año pasado el Gobierno impulso la refinanciación del saldo de la tarjeta de crédito a 12 meses, a una tasa nominal anual del 40% más IVA, bastante accesible si se contempla una inflación cercana al 50% anual. Quienes estén cumpliendo los pagos de esta deuda no pueden comprar dólares.

8) Deudores de créditos hipotecarios UVA. Unas 100.000 familias accedieron a los préstamos para vivienda indexados por la Unidad de Valor Adquisitivo (UVA) y fueron beneficiadas por el congelamiento de las cuotas durante la pandemia. Por eso, el BCRA les prohibió comprar dólares “ahorro”.

9) Quienes no tengan ingresos declarados. Antes de autorizar la venta de dólares, los bancos están obligados a consultar la base de datos para saber si su cliente tiene ingresos declarados, para evitar transacciones con plata “en negro” o aportada por terceros a tal efecto, para saltarse el cupo.

10) Deudores de préstamos. En estos caso, no podrán comprar dólar para ahorro los monotributistas que hayan tramitado créditos a tasa cero ni dueños de pymes que hayan recibido créditos al 24 por ciento.

11) Compradores de dólar “Bolsa”. Los inversores que se hayan dolarizado a través de la compraventa de bonos, el llamado dólar MEP, están impedidos de comprar dólares en el banco por un período de 90 días posteriores a la operación. Asimismo, al dólar MEP no pueden operarlo personas que hayan adquirido dólares para ahorro en casas de cambio y bancos en los 90 días previos.

 

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