Impuesto a las Ganancias: qué deducciones se pueden hacer para pagar menos

Cargas de familia, medicina prepaga, cuotas de alquiler y hasta equipamiento e indumentaria. Los contribuyentes alcanzados tienen tiempo hasta el 31 de marzo para cargarlos

Además de las cargas de familia, cuotas por medicina prepaga y gastos por alquileres, ahora se toman otros gastos a cuenta que antes no estaban contemplados para las deducciones de la base imponible de Ganancias.

Para compensar la creciente presión fiscal que genera la obligación de informar los contratos de locación en un régimen de AFIP, los contribuyentes alcanzados por el Impuesto a las Ganancias pueden tener en cuenta las deducciones vigentes que alivianan su peso.

Mientras el oficialismo intenta apurar el debate para conseguir elevar el piso del mínimo no imponible a $150.000, como cada año los asalariados tienen tiempo hasta el 31 de marzo para declarar deducciones, pagos a cuenta, o bien, informar datos de pluriempleo. Todos estos montos son restados del ingreso sujeto a Ganancias del contribuyente, antes de que realice el cálculo del impuesto a pagar.

El mes pasado, la AFIP instrumentó una suba automática de 35,38% del mínimo no imponible para el pago de este tributo. Así, un empleado soltero con un sueldo superior a los $74.810 netos comienza a tributar este impuesto, mientras que un empleado casado con dos hijos lo hace desde los $98.963,20.

«Los empleados tienen como piso una base de deducción denominada mínimo no imponible -que en la actualidad está valorada en $167.678,40- y una especial -que es igual a 4,8 veces el mínimo no imponible y asciende a $804.856,32 en 2021», explicó Soledad Iglesias, gerente de Impuestos de Sasovsky & Asociados.

Entre las deducciones que pueden hacerse se encuentran entonces, las relacionadas con la estructura familiar, como por ejemplo si tiene un cónyuge con ingresos anuales inferiores al mínimo no imponible, se puede deducir hasta $156.320,63 del cálculo anual.

​En tanto, por cada uno de los hijos menores de 18 años la deducción alcanza los $78.833,08​. Si alguno de estos hijos posee alguna incapacidad que le impida trabajar, la ley no establece ningún límite de edad para computarlos.

Además, se puede deducir el importe pagado por cuota, el abono a medicina prepaga o aportes complementarios a obras sociales, tanto del contribuyente como de los familiares a cargo. En este caso, rige el tope de 5% de las ganancias netas.

Otro de los ítem que se puede computar es el del precio del alquiler: se pueden deducir hasta 40% de la sumas pagadas en concepto de vivienda principal. Este dato cobra relevancia en medio de las críticas por el nuevo régimen de información para los contratos de locación.

«Vale recordar que, en este caso, deben cumplirse algunas condiciones especiales, como no ser propietario de ningún inmueble (en ningún porcentaje) y contar con una factura por cada mes abonado. Además, se debe contar con el contrato de alquiler en formato PDF», aclaró Iglesias.

Por otro lado, los deudores de un crédito hipotecario pueden descontar los intereses de la cuota del préstamo por hasta $20.000 anuales. Además, pueden informarse los seguros de vida y de retiro que se paguen y se descontarán $24.000 por año por cada uno.

En tanto, si el contribuyente mantiene por dos años su aporte a una Sociedad de Garantía Recíproca (SGR) puede deducir el 100% de los mismos.

Por último, se encuentran los gastos por viáticos que sean liquidados en el recibo de sueldo por parte del empleador: se pueden descontar hasta un máximo de 40% de la ganancia no imponible.

Las donaciones también son deducibles de ganancias, con un tope del 5% de las ganancias netas acumuladas. Las donaciones pueden realizarse en efectivo o en especie. «Cuando se hagan en efectivo deberán bancarizarse, es decir, que la donación tendrá que hacerse mediante depósito, giro o transferencia bancaria, cajero automático, débito automático en cuenta o en tarjeta de crédito», agregó Iglesias.

​Existe un ítem que quizás no era tan considerado antes de la pandemia, pero que adquirió relevancia en el último tiempo: la deducción de los gastos relacionados con la compra de equipamiento de trabajo e indumentaria. A partir de la Ley de Teletrabajo se pueden descontar sin ningun tipo de tope.

Al mismo tiempo, se pueden incluir otros conceptos como pagos a cuenta. Aquí se computa el Impuesto al Sello, que permite descontar un 33% de lo que los bancos hayan retenido el año anterior. Lo mismo ocurre con las percepciones por los gastos con tarjetas de crédito en dólares o la compra de dólar ahorro.

La normativa incluye también beneficios impositivos para los inversores. «La ley del Impuesto a las Ganancias permite el cómputo de aquellos impuestos pagados en otros países -análogos al impuesto argentino- por aquellas rentas generadas en el exterior. Como dichos importes se restan del impuesto a pagar localmente, su adecuado cómputo permite reducir el costo impositivo total de una actividad desarrollada afuera o inversión extranjera», comentó Guillermo Poch, Socio de Impuestos y Legales de BDO en Argentina.

Facebook
Twitter

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio