Proyectos de ley para compraventa de coca y la sostenibilidad del transporte

El diputado nacional Jorge Rizzotti ingresó dos proyectos de leyes: uno sobre la hoja de coca al país y otro de asistencia al transporte público urbano, suburbano e interurbano de pasajeros.

CREACIÓN DEL FONDO FEDERAL DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR

El proyecto de ley para la creación del Fondo Federal de Transporte Automotor (FOFETRAA) fue elaborado por Rizzotti junto a su par tucumano, José Cano, e ingresó días atrás a la Cámara de Diputados del Congreso de la Nación.

Los legisladores radicales enmarcaron la iniciativa en la ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva, dictada en el marco de la Emergencia Pública (Ley 27.541, de diciembre de 2019), y en la ampliación, en marzo de este año, de la emergencia pública en materia sanitaria con motivo de la pandemia por coronavirus. En ese contexto, indicaron los diputados, se dispusieron oportunas medidas de salud pública, las que llevaron a la adopción de medidas por el Ministerio de Transporte a fin de limitar la circulación de personas en el territorio nacional.

Rizzotti y Cano consideraron en su Proyecto que la situación del servicio de transporte público de pasajeros, “en atención a la crítica y extrema situación de emergencia agravada aun más por la pandemia, amerita la inmediata intervención del Congreso de la Nación con la finalidad de poder afrontar inicialmente los salarios del personal, para garantizar la continuidad laboral y en consecuencia la futura conectividad en el país”, y que “la sostenibilidad [del servicio de transporte] de no tomarse urgentes medidas se encontrará seriamente amenazada”.

Las medidas de emergencia que condujeron a evitar la propagación del contagio, a la vez, configuraron una realidad que “alcanzó a toda la cadena de valor vinculada a las empresas de capitales privados que operan como permisionarias del sistema de transporte por automotor de pasajeros, que hasta ahora fue asistido por el fondo compensador creado por la Ley 27.467 art 125, el que solo contempló al transporte urbano Provincial y Municipal excluyéndose en su reglamentación al Interurbano de las Provincias”, destaca también la iniciativa de ley.

“Por el impacto de la situación en el Transporte Interurbano Provincial, sumado a la supresión de las compensaciones al personal del Régimen de Compensaciones a la Larga Distancia, hoy hay una grave situación en todo el sistema interconectado Nacional y Provincial”, interpretó Rizzotti. El Proyecto de Ley de creación del FOFETRAA, reiteró el diputado nacional jujeño, “está basado en asegurar la sostenibilidad futura del servicio, atendiendo tanto a lo que deberá continuar mientras dure la pandemia como también de una reactivación”.

En su articulado, el Proyecto expresa el objeto de “asistir transitoriamente al Transporte Público Interurbano Automotor de Pasajeros que se desarrolla en todo el territorio nacional prestado por operadores sujetos a la competencia de la Autoridad Nacional de Transporte y al Transporte Público Urbano, suburbano e interurbano de pasajeros de todo el país prestado por operadores sujetos a la competencia de las autoridades Provinciales y/o Municipales siempre que cumplimenten los recaudos establecidos por la presente ley”, y luego detalla que el FOFETRAA “se conformará con los importes devengados y a devengarse del impuesto al gasoil (…) y será complementado con aportes del tesoro que la Jefatura de Gabinete de Ministros reasigne al Ministerio de Transporte”.

IMPORTACIÓN Y VENTA MINORISTA DE LA HOJA DE COCA EN ESTADO NATURAL

El Proyecto de Ley de Importación y venta minorista de la hoja de coca en estado natural ingresará este martes y tiene entre los fundamentos , explicó Rizzotti, el de “concretar, con legislación acerca del origen y comercialización de un producto agrícola cuyo uso y consumo está permitido, una tarea pendiente de los representantes del pueblo argentino por el reconocimiento de prácticas alimentarias, económicas, simbólicas e identitarias que la contienen, y que son legado de los pueblos preexistentes a la Nación Argentina, que los reconoció constitucionalmente en 1994”. “Consideramos que hoy esas prácticas, si bien son de comunidades indígenas, también lo son de millones de argentinos y argentinas que crecimos aprendiendo en la cultura andina, y que reproducimos esas prácticas en diferentes ámbitos, más allá de nuestras identidades culturales”, sumó el autor de la iniciativa.

La Ley propuesta establece que la República Argentina reconoce a la hoja de coca como patrimonio cultural de los pueblos originarios y, a la vez, a la práctica del coqueo como el derecho que tiene toda persona a reafirmar una identidad cultural, con independencia de su nacionalidad o cualquier otra característica personal; autoriza la importación, la venta minorista, la tenencia y el consumo de hojas de coca en estado natural para el coqueo o tés y la exime –mediante modificación del artículo 15 de la Ley 23.737, de tenencia, consumo, importación o distribución de estupefacientes; faculta al Poder Ejecutivo Nacional otorgar autorizaciones para la importación, transporte y comercialización, como también a fiscalizar el origen y destino de la hoja de coca y a regular las cantidades permitidas de hoja de coca para la comercialización y transporte desde los centros de importación; y además plantea condiciones para importación y venta.

“El año 2020 nos llevó, ante la pandemia, a repensar estrategias para el mañana cercano, y a darnos cuenta de que podemos replantear las del mediano plazo para un futuro con instituciones normativas que acompañen a un desarrollo más integrado en la diversidad cultural y en mejor relación con la naturaleza de la que somos parte. En ese sentido, muchas prácticas y saberes de las culturas que tienen persistencia milenaria cobran importancia sobre todo en su dimensión económica, que en parte abordamos en este proyecto, junto al reconocimiento de una práctica alimentaria y simbólica que es manifestación de la raíz y presencia indígena de la Argentina”, valoró Rizzotti sobre la pertinencia del Proyecto.

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