No hicieron lugar a un habeas corpus colectivo presentado en favor de presos jujeños

Comunicado de prensa sobre situación de personas privadas de su libertad.

«En mi carácter de Presidente del Superior Tribunal de Justicia, a los fines de aclarar trascendidos y publicaciones periodísticas con respecto a la posibilidad de otorgar prisión domiciliaria a personas privadas de su libertad en razón de la pandemia por COVID-19, corresponde determinar que los Tribunales competentes (- Tribunales Criminales, Juzgados de Ejecución Penal, Cámara de Casación Penal -) son los encargados de analizar cada una de las presentaciones realizadas en dicho sentido, resolviendo en consideración de cada situación particular.

«A los fines de evitar cualquier tipo de especulación sobre la situación de las personas privadas de su libertad, el Superior Tribunal de Justicia informa que, el tres de abril del corriente año, en Expediente Nº 33/20, caratulado: “HABEAS CORPUS CORRECTIVO Y COLECTIVO PRESENTADO POR LA DRA. IVONE LEONOR HAQUIM EN REPRESENTACIÓN DE LOS DETENIDOS Y/O ALOJADOS EN EL SERVICIO PENITENCIARIO PROVINCIAL”, y del Expediente Acumulado Nº 34/20, caratulado de idéntica forma” el Juzgado de Ejecución de la Pena, dispuso: No hacer lugar al hábeas corpus deducido a favor de los detenidos y/o alojados en el Servicio Penitenciario Provincial. –

«Asimismo, es necesario, determinar que, el Superior Tribunal de Justicia, no resolverá de oficio sobre la situación de las personas privadas de su libertad de manera general o colectiva; en tanto, concierne, informar que este Poder Judicial en cada una de sus competencias, se encuentra cumpliendo funciones a los fines de asegurar los derechos y garantías de todos los ciudadanos, haciendo especial hincapié en resguardar la salud individual y pública en el contexto de una pandemia que afecta a la población en general.

Sergio Jenefes

Presidente del Suprior Tribunal de Justicia de Jujuy.

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