El Gobierno de la Provincia de Jujuy tiene el agrado de informar el nuevo texto de la reforma parcial de la Constitución de Jujuy con relación a las comunidades de los Pueblos Indígenas.
Derechos de los Pueblos IndÍgenas
Este articulo recepta los estándares de la Constitución Nacional y el Convenio 169 de la OIT.
Artículo 50.- DERECHOS Y GARANTÍAS DE LAS COMUNIDADES DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS
- Esta Constitución reconoce la preexistencia étnica y cultural de las comunidades originarias y pueblos indígenas de Jujuy y garantiza el respeto a su identidad, espi- ritualidad, herencia culturalconocimientos ancestrales y el derecho a una educa- ción bilingüe e intercultural.
- El Estado es el encargado de reconocer tanto la personería jurídica de las comu- nidades dentro del territorio provincial como la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan, con el fin de garantizar y reafirmar la integridad territorial de la provincia en la Nación.
- 3. El Estado promueve la entrega de otras tierras aptas y suficientes para el desarrollo humano.
- 4. Ninguna de las tierras mencionadas en los incisos anteriores serán enajenables, transmisiblesni susceptibles de gravámenes o embargos.
- 5. El Estado garantiza el derecho a la participación y consulta previa e informada de las comunidades originarias reconocidas en la Provincia respecto a sus recursos naturales y a los intereses que las afecten de manera directa.
- Esta reforma va en la línea con la política que el gobierno viene implementando en los últimos ocho años. Una política de respeto, de diálogo y de reconocimiento Celebramos que la reforma de la Constitución avance ampliando estos derechos que protegen no sólo la identidad, la cultura, la espiritualidad y los modos de vida ances- trales de los pueblos indígenas sino que además protege y garantiza la posesion y propiedad comunitaria.
- Además, Jujuy pasa a tener la única Constitución del país que reconoce el rango constitucional de la consulta previa e informada de las comunidades para la gestión de sus recursos naturales y sus intereses particulares.