La impiadosa nueva fórmula que condena a los abuelos jubilados a una vida miserable

Al estar ligada a la recaudación impositiva, la modalidad propuesta para reajustar los haberes perjudicaría a los jubilados en períodos de recesión

La inclusión de la recaudación impositiva en el cálculo de movilidad jubilatoria la hace más sensible a los ciclos económicos, además de dejarla expuesta a variaciones por cambios en materia tributaria.

En la práctica, si el año pasado se hubiera aplicado la fórmula que ahora propone el Gobierno de Alberto Fernández, los haberes habrían perdido más poder adquisitivo que el que perdieron con la modalidad de actualizaciones aprobada durante el macrismo. La misma conclusión vale para el período de dos años en el que estuvo vigente esta última modalidad de cálculo, el comprendido entre 2018 y 2019.

En 2019 la inflación llegó a 53,8%, mientras que los cuatro reajustes otorgados a los ingresos previsionales por la aplicación de la ley 27.426 acumularon una suba de 51,1%. Si se hubiera aplicado la fórmula basada en los salarios y en la recaudación de recursos tributarios que recibe la Anses, el aumento nominal habría estado varios puntos por debajo, según estimaciones de dos economistas consultados por LA NACION y también según los cálculos hechos por los propios funcionarios del Gobierno del Frente de Todos. En concreto, la pérdida en términos reales habría sido de alrededor de 11%, en comparación con la caída de casi 2% que, en términos de poder adquisitivo, tuvieron los ingresos en ese período.

Según un informe del instituto Ieral, un análisis de la fórmula propuesta permite concluir que en períodos recesivos y con alta inflación se generarán «importantes pérdidas de poder adquisitivo»; en cambio, sí habría buenos resultados en caso de haber crecimiento económico, aunque entonces, según advierte el economista del Ieral, Marcelo Capello, no se aliviaría el déficit de la Anses (algo que el Gobierno dijo que se logrará con la fórmula que propone). La estimación hecha por ese centro de estudios indica que en 2019 el reajuste de los haberes habría sido de 37% si se consideran los dos aumentos, uno en marzo y otro en septiembre (la iniciativa contempla reajustes semestrales); es decir, 14,1 puntos menos que lo que recibieron efectivamente.

Por su parte, el economista Sergio Rottenschweiler, investigador y docente de la Universidad Nacional de General Sarmiento, estimó que en 2019 la suba de haberes habría sido de 34,5% en caso de haberse aplicado el cálculo que busca imponer el Gobierno: en este caso serían 16,6 puntos menos que el aumento recibido. Para el período 2018, en tanto, calculó que el aumento habría sido de 30,9%, algo superior al efectivamente otorgado, de 28,8%.

Rottenschweiler -al igual que Capello- fue uno de los expositores que habló este año frente a los integrantes de la comisión mixta (funcionarios y legisladores) que debía elaborar la propuesta de ley (tarea que, finalmente, fue hecha por el Poder Ejecutivo). En su disertación, había mostrado una estimación que indicaba que la fórmula usada entre 2009 y 2017 (muy similar a la que ahora se propone), daba índices inferiores a la de la ley votada en 2017 en años como 2016 y 2019 (ambos períodos tuvieron caída del PBI).

El trabajo del Ieral estima que en 2018 la suba de haberes habría sido de 24,6%. Las diferencias de algunos puntos porcentuales entre las estimaciones se explicarían por cuáles son las bases impositivas que se consideran en cada caso para el cálculo. En 2018 se implementaron cambios en la definición de cuáles son los tributos cuya recaudación se deriva total o parcialmente a la Anses, que son los que considera la fórmula del proyecto. Esas modificaciones y la manera en que se consideren (o no) influyen en los resultados.

El proyecto incluye, en ese sentido, una cláusula de «legislación constante», que muchos consideran de difícil aplicación y que, en todo caso, de ponerse en práctica desvirtuaría el principio de la fórmula misma (porque se dejaría de considerar el conjunto de impuestos que realmente va a la Anses).

Hay otros aspectos de la modalidad de cálculo propuesta que son considerados poco claros y que dejarían lugar a la discrecionalidad política. El texto de la iniciativa oficial, por ejemplo, deja a consideración de las reglamentaciones posteriores algunas cuestiones prácticas para la implementación. La complejidad del cálculo y la falta de transparencia que hubo respecto de los datos usados (no se publicaban todos) cuando rigió la fórmula del kirchnerismo (2009-2017) son dos de los aspectos más cuestionados por parte de economistas y abogados previsionalistas.

Según ambos cálculos mencionados, para 2018 y 2019, los dos años en los que estuvo vigente la fórmula aprobada por el Congreso a fines de 2017 en medio de fuertes protestas sociales, la modalidad que ahora se propone también les habría significado a los jubilados perder contra la inflación, incluso con caídas superiores a las que tuvieron en la práctica.

Esa misma conclusión sobre la mayor caída de los ingresos reales se desprende de un cuadro de proyecciones hecho por la Anses y sobre la cual se basó una presentación hecha ayer en el Congreso por la directora ejecutiva del organismo, Fernanda Raverta: de allí surge que en 2018 y en 2019 los reajustes en caso de haberse aplicado la fórmula ahora impulsada, habrían sido de 34% y de 36,8%, respectivamente (en un ejercicio, se estimó que un haber mensual habría pasado de $6561,2 a $8789,6 entre 2017 y 2018, y de esa cifra a $12.021,4 en 2019). En ambos casos son índices muy por debajo de la inflación, de 47,6% y de 53,8% en cada año considerado.

En cuanto al bienio, mientras que en 2018 y 2019 hubo efectivamente un aumento acumulado de 94% (contra una inflación de 127%), con lo que se propone ahora el reajuste habría sido muy inferior, de entre 70% (24 puntos menos) y 76% (18 puntos menos), según los cálculos privados, y de 83% según los números hechos por el Gobierno (11 puntos menos).

Para el actual 2020, la fórmula incluida en la ley de 2017 arroja un acumulado de 42% (11,56% en marzo, 10,9% en junio, 9,88% en septiembre y 4,48% en diciembre). En la práctica, sin movilidad vigente y por decisiones discrecionales del Presidente, hasta ahora (aún falta el reajuste del último mes del año) los jubilados recibieron subas de entre 18,4% y 28,9%, dependiendo del nivel de ingresos, mientras que la ley suspendida habría significado una mejora nominal en los ingresos, hasta septiembre, de 35,9%, para todos por igual.

De esa manera, la suspensión de la fórmula y las decisiones políticas posteriores determinaron que, por ejemplo, entre septiembre y noviembre los jubilados cobren cada mes entre $996 menos (en el caso del haber mínimo) y $18.119 menos (quienes perciben el haber máximo de la Anses) que si se hubiera aplicado la ley 27.426. Más allá de cómo le vaya a la nueva fórmula el año próximo, ya se produjo en los primeros meses de la actual gestión un fuerte ajuste sobre los ingresos de los pasivos.

El cálculo suspendido consistía en la suma del 70% de la variación de los precios de un trimestre y un 30% de la evolución en igual período de los salarios formales, según el índice Ripte. Según lo dispuesto por la ley, para hacer el cálculo se observaba lo ocurrido con esas variables con un rezago de seis meses. Al acelerarse la inflación en 2018 y 2019, se produjo como efecto la caída del poder adquisitivo, porque las subas de precios tomadas como referencia para la actualización eran de niveles mucho más bajos que las de los meses cercanos al otorgamiento de los aumentos. Este año se iba a producir una recuperación de poder adquisitivo, pero la aplicación del cálculo quedó suspendida y las alzas quedaron sujetas a decisiones arbitrarias.

Silvia Stang

 

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