El Gobierno de la Provincia prohibió por 30 días la reunión de personas

La violación de esta medida será pasible de las sanciones previstas en el artículo 2º del Decreto Acuerdo Nº 741-G-2020, ratificado por Ley 6.159.

Por otra parte, el local comercial que incumpliere la reducción del 50% de su capacidad de habilitación y/o permitiere la permanencia de 5 personas por cada meza autorizada en el local, será pasible de las sanciones previstas en el artículo 2º del Decreto Acuerdo Nº 741-G-2020, ratificado por Ley 6.159.

Los comerciantes que promuevan, inviten, alienten o difundan la concurrencia del público a sus locales con motivo del Día del Amigo, directa, indirectamente o en forma inducida, entre los días viernes 17 al martes 21 de julio del corriente año, serán pasibles de las sanciones previstas en el artículo 2º del Decreto Acuerdo Nº 741-G-2020, ratificado por Ley 6.159.

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