El Tribunal Oral Federal 4 de Comodoro Py ordenó este martes la “inmediata detención” del empresario Lázaro Báez para que cumpla en una cárcel la condena de 10 años de prisión que fue confirmada por la Corte Suprema en la causa por lavado de dinero conocida como la “Ruta del dinero K”.
Actualmente, Báez se encontraba bajo prisión domiciliaria en una vivienda de El Calafate, Santa Cruz. Sin embargo, una comisión de Gendarmería Nacional fue designada para trasladarlo a la Unidad 15 del Servicio Penitenciario Federal, ubicada en Río Gallegos.
La resolución del tribunal, a la que accedió Infobae, dispuso expresamente la detención y el traslado para que Báez termine de cumplir la pena impuesta “por sentencia firme”.
La Unidad 15, situada en la avenida Presidente Néstor Kirchner 154, es una cárcel de mediana seguridad con capacidad para 118 internos. Posee tres pabellones y una casa de preegreso, a diferencia de la cárcel de Ezeiza, de máxima seguridad, donde el empresario ya había estado detenido.
La medida responde a un pedido del fiscal federal Abel Córdoba, quien solicitó revocar la domiciliaria. En oposición, la defensa de Báez, a cargo del abogado Juan Villanueva, argumentó que la condena ya estaría prácticamente cumplida y que debía continuar detenido en su domicilio.
El debate se centró en el cómputo del tiempo de detención. Báez estuvo preso entre el 5 de abril de 2016 y el 12 de diciembre de 2019 por la causa de la Ruta del dinero K. Luego, quedó bajo prisión domiciliaria por otra causa de lavado vinculada a la compra del campo “El Entrevero” en Uruguay, cuya condena a 4 años y medio aún no está firme.
Según la Fiscalía, Báez lleva cumplidos tres años, seis meses y ocho días de prisión efectiva, por lo que aún le restan seis años, seis meses y 22 días. En cambio, la defensa sostiene que todo el tiempo transcurrido debe computarse como parte de la misma causa, lo que sumaría nueve años y dos meses de detención.
En su fallo, los jueces Néstor Costabel, Ricardo Basílico y Fernando Canero coincidieron con la postura del Ministerio Público y rechazaron el planteo de unificación de condenas. Argumentaron que las detenciones responden a hechos distintos, con resoluciones dictadas en momentos diversos, y que cada prisión preventiva debe evaluarse de forma separada.
“La actual postura de la defensa no aporta elementos novedosos que justifiquen apartarse del criterio ya establecido”, afirmaron los magistrados.
Además, explicaron que no puede solicitarse una unificación de penas hasta tanto la condena por el caso del campo uruguayo no quede firme. La defensa de Báez aún puede apelar la decisión ante la Cámara Federal de Casación Penal.
Por otro lado, el tribunal debe resolver la situación de otros tres condenados en la misma causa: Jorge Chueco (abogado), Daniel Pérez Gadín (contador) y Martín Báez, hijo de Lázaro. La Fiscalía solicitó que los dos primeros regresen a prisión, mientras que en el caso de Martín pidió que se le conceda la libertad condicional.
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