Alesia Abaigar
La Cámara Federal de San Martín revocó la prisión domiciliaria de Alesia Abaigar, exfuncionaria bonaerense y militante de La Cámpora, quien había sido la primera detenida por el ataque con excremento a la vivienda del diputado José Luis Espert. El tribunal entendió que no existen riesgos procesales que justifiquen su encierro.
La decisión, firmada por los jueces de la Sala II —Néstor Barral, Alberto Lugones y Pablo Flores— ordena a la jueza Sandra Arroyo Salgado revertir la medida coercitiva que mantenía a Abaigar primero en el penal de Ezeiza y luego con arresto domiciliario.
Según la resolución, no se acreditó un peligro concreto de fuga ni de entorpecimiento de la investigación. Además, se destacó la actitud colaborativa de la imputada, quien entregó voluntariamente las claves de sus dispositivos electrónicos para que sean peritados por la Justicia.
Abaigar, exdirectora de Sensibilización y Promoción de Derechos del Ministerio de Mujeres de la provincia de Buenos Aires, está imputada junto a otros militantes y funcionarios cercanos a la intendenta de Quilmes, Mayra Mendoza. Se les atribuyen delitos como atentado contra el orden público, amenazas agravadas e incitación al odio por motivos ideológicos.
La defensa, a cargo del abogado Adrián Albor, había apelado la negativa de excarcelación dictada por la jueza Arroyo Salgado. Argumentó que el carácter de funcionaria pública no podía considerarse un obstáculo para la investigación y cuestionó la calificación penal de los hechos, señalando que, en todo caso, se trataría de una conducta encuadrable en delitos contra el honor, no en una acción de gravedad penal.
El tribunal valoró también que la pena máxima prevista para los delitos imputados no supera los ocho años y que, en caso de condena, es posible una ejecución condicional. Además, destacaron la falta de antecedentes penales de Abaigar y su conducta durante el allanamiento en su domicilio, donde se identificó correctamente y no intentó eludir a la autoridad.
Finalmente, la Cámara ordenó su liberación bajo caución, cuyo monto y modalidad deberá definir la jueza de primera instancia. También quedó habilitada para imponerle condiciones adicionales de conducta. El tribunal evitó pronunciarse sobre los planteos que excedían el objeto de la excarcelación, como las consideraciones políticas de la defensa.







