Martes 15 de septiembre de 2026

Política

El Decreto para expulsar extranjeros: qué establece y cuáles son las dudas sobre su aplicación

El presidente Javier Milei firmó un decreto que autoriza la expulsión de extranjeros que agravien a la Argentina o a ciudadanos argentinos, o que difundan mensajes de odio e inciten a la violencia por motivos de nacionalidad. La medida, publicada en el Boletín Oficial, ya se encuentra vigente, aunque su continuidad dependerá del tratamiento que reciba en el Congreso.

El anuncio abrió un intenso debate jurídico sobre los alcances del decreto y el procedimiento que debería seguirse para aplicar una sanción de esta naturaleza. El abogado constitucionalista Félix Lonigro sostuvo que, si bien el objetivo de la norma puede ser compartido, existen interrogantes respecto de su encuadre constitucional y de quién debe tener la facultad de decidir una expulsión.

Según explicó el especialista, la Constitución establece que las restricciones de derechos y las condiciones para expulsar extranjeros deben estar previstas por una ley sancionada por el Congreso, en cumplimiento del principio de legalidad. En ese sentido, consideró que una regulación de este tipo debería contar con respaldo legislativo y no depender exclusivamente de un decreto presidencial.

Cómo es el trámite del decreto

Al tratarse de un decreto de necesidad y urgencia (DNU), la medida comenzó a regir desde su publicación en el Boletín Oficial. Sin embargo, el procedimiento constitucional exige que el jefe de Gabinete lo remita a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso, que dispone de diez días hábiles para emitir un dictamen.

Posteriormente, el texto debe ser analizado por ambas cámaras del Congreso. Mientras no sea rechazado conforme al mecanismo previsto por la legislación vigente, el decreto mantiene su validez.

Quién decide una expulsión

Uno de los principales puntos de discusión es quién tendrá la autoridad para aplicar la medida.

Lonigro recordó que, hasta ahora, los procesos de expulsión de extranjeros son impulsados por la Dirección Nacional de Migraciones, pero la decisión definitiva corresponde a la Justicia. A su entender, resulta fundamental que un juez intervenga para evaluar cada caso y garantizar el debido proceso.

El constitucionalista advirtió que dejar la decisión únicamente en manos del Poder Ejecutivo podría generar un margen de discrecionalidad incompatible con el sistema republicano, ya que una medida tan grave requiere controles institucionales y judiciales.

Redes sociales y aplicación práctica

Otro de los interrogantes gira en torno a la aplicación del decreto en el ámbito digital.

La norma contempla situaciones vinculadas con expresiones orales o escritas que constituyan agravios o mensajes de odio contra la Argentina o ciudadanos argentinos. Sin embargo, el especialista señaló que identificar responsabilidades por publicaciones en redes sociales puede resultar complejo y que cada situación debería analizarse individualmente.

En ese sentido, insistió en que las decisiones de expulsión no deberían depender exclusivamente de una autoridad política, sino contar con la intervención de la Justicia para determinar si corresponde aplicar la sanción y garantizar el respeto de las garantías constitucionales.

El debate ahora se trasladará al Congreso, que deberá pronunciarse sobre la validez del decreto, mientras que la eventual reglamentación será clave para definir cómo se implementará la medida y qué organismo tendrá la responsabilidad de ejecutarla.

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