Domingo 7 de junio de 2026

Categorías: Policiales

Prisión perpetua por un femicidio en Calilegua

El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Dr. Joaquín Rodrigo Campos, abogado defensor de Juan José López, confirmando así la condena de prisión perpetua por el homicidio de Rosa Alicia Beatriz Juárez, delito sucedido el pasado 2 de febrero del año 2015.
Dicho recurso, tenia como objeto que se deje sin efecto la sentencia del Tribunal en lo Criminal Nº 3 y se absuelva a López de ser autor penalmente responsable de los delitos de “Privación Ilegítima de la Libertad, Abuso Sexual con Acceso Carnal y Homicidio calificado criminis causa en concurso real, concursados idealmente con Homicidio calificado por femicidio, declarándolo reincidente”.

La Sala II Penal del máximo tribunal provincial, estuvo integrada por los doctores Laura Nilda Lamas González, José Manuel del Campo y Clara Aurora De Langhe de Falcone, bajo la presidencia de la nombrada en primer término, secretaría a cargo de la Dra. María Gracia Cardone.

Luego de analizar con detenimiento los puntos de agravio de la defensa y las pruebas incorporadas en el debate, los mencionados jueces confirmaron lo resuelto por el Tribunal de juicio, en el entendimiento que la sentencia dictada por éste, está debidamente fundada de acuerdo a los parámetros de la sana critica racional.

Asimismo, consideraron que la responsabilidad en los hechos por parte del acusado López, se encuentra debidamente acreditada en razón del basto y contundente caudal probatorio recolectado, del que caben resaltar las declaraciones testimoniales, las pericias medicas y las video grabaciones.

En relación al hecho delictivo motivo de la condena, cabe recordar que en la madrugada del 2 de febrero de 2015, Juan José López interceptó a Rosa Alicia Beatriz Juárez, de 21 años de edad, en la Avenida Libertador de la ciudad de Libertador General San Martín, obligándola seguidamente, a abordar junto a él un remis hasta la localidad de Calilegua; trasladándola posteriormente a una vivienda ubicada en el barrio Tupac Amaru.

Una vez en el interior del inmueble, abusó sexualmente de la víctima. Luego de ello, procedió a estrangularla provocando así su muerte, y finalmente introdujo el cuerpo en una caja que colocó dentro de una de las habitaciones de la vivienda.

De esta manera y en consideración a las circunstancias de los hechos, los jueces de la Sala II Penal del Superior Tribunal de Justicia consideraron que la figura penal de “femicidio” se encuentra perfectamente delimitada en su alcance mediante la Ley de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, como así también, por el conjunto de Tratados Internacionales a los que nuestro país adhiere.

En tal sentido, los magistrados concluyeron que el homicidio de Rosa Romero Juárez representa la forma más radicalizada de violencia de género, siendo efectuado luego de un desdeñable ultraje en su integridad sexual, y como consecuencia de una marcada relación de poder y desigualdad entre víctima y victimario de la cual Juan José López se valió para humillarla y cosificarla hasta el último minuto de su existencia ocultando los terrible ilícitos cometidos de la manera más indigna, lo que habla alto y claro del desprecio hacia la mujer por parte del condenado.

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