La defensa de Nahir Galarza presentó un pedido formal ante la Sala Penal N.º 1 del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos para que se revise la condena a prisión perpetua que cumple por el homicidio de Fernando Pastorizzo, ocurrido en diciembre de 2017 en Gualeguaychú.
La solicitud fue impulsada por el abogado Eduardo Gerard, quien asumió la representación legal de Galarza a fines de 2025, luego de que en julio de 2024 la Corte Suprema de Justicia de la Nación dejara firme la sentencia al rechazar el último recurso extraordinario presentado por la defensa anterior.
El planteo se apoya en el artículo 527 del Código Procesal Penal de Entre Ríos, que contempla la posibilidad de revisar sentencias firmes cuando existen circunstancias excepcionales.
Los argumentos de la defensa
El recurso presentado ante el máximo tribunal provincial se basa en dos ejes principales. Por un lado, sostiene que durante el juicio se utilizó una prueba pericial cuya validez debe ser revisada. Por otro, cuestiona la calificación legal aplicada en la sentencia, al considerar que resultó más gravosa para la condenada.
Uno de los puntos centrales del planteo apunta al informe realizado por la perito de la Policía de Entre Ríos Gabriela Laiño, licenciada en Bromatología, quien efectuó el análisis del teléfono celular de Galarza.
Ese informe, de unas 1.500 páginas, fue una de las pruebas consideradas clave durante el juicio para acreditar la existencia de una relación de pareja entre Galarza y Pastorizzo. Sobre esa base, el tribunal aplicó la figura de homicidio agravado por el vínculo, delito que prevé la pena de prisión perpetua.
La nueva defensa sostiene que esa prueba debe ser reexaminada y que su valoración pudo haber influido de manera determinante en el resultado del proceso.
Cuestionamientos sobre la perspectiva de género
El recurso también afirma que el juicio no fue analizado con perspectiva de género y señala que existen fallos posteriores de la Corte Suprema de Justicia y del propio Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos que podrían justificar una revisión de la condena bajo criterios jurisprudenciales más recientes.
En ese sentido, la defensa cuestiona especialmente la interpretación utilizada para considerar acreditada la relación de pareja entre la acusada y la víctima. Según el planteo, no se habrían evaluado correctamente los requisitos exigidos para aplicar el agravante por el vínculo, entre ellos la existencia de un proyecto de vida en común.
La decisión queda en manos del STJ
Ahora será la Sala Penal N.º 1 del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos la que deberá analizar si los argumentos presentados reúnen los requisitos legales para abrir el procedimiento de revisión de la sentencia.
Mientras tanto, la condena a prisión perpetua dictada por unanimidad el 3 de julio de 2018 por el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguaychú continúa firme y Galarza permanece detenida.
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