La imputación penal al padre del niño abrió una discusión incómoda pero inevitable: el vínculo afectivo no exime responsabilidades y, en ciertas circunstancias, las torna aún más estrictas.
El estado de salud de Bastián, el niño de 8 años que continúa internado en terapia intensiva tras el violento choque en la zona conocida como La Frontera, en Pinamar, volvió a estremecer a la opinión pública. Al dolor por la situación del menor se sumó un dato judicial que generó impacto social: la fiscalía imputó penalmente a su propio padre.
La reacción no tardó en hacerse sentir. Para muchos, resulta difícil comprender que la Justicia avance contra alguien que está atravesando una tragedia personal. Sin embargo, en los delitos culposos —aquellos en los que no hay intención de provocar daño— el derecho penal investiga si existió un incumplimiento del deber de cuidado suficiente para evitar un resultado previsible, y más aún cuando hay menores involucrados.
Deber reforzado de cuidado y responsabilidad culposa
Según la información difundida por distintos medios nacionales, la fiscalía imputó al padre por lesiones graves. El punto central de la investigación radica en que el niño habría viajado sin cinturón y sentado sobre el regazo del adulto en el momento del impacto, pese a que el vehículo contaba con sistemas de sujeción adecuados. Para la hipótesis acusatoria, esa omisión incrementó significativamente el riesgo y tuvo incidencia directa en la gravedad de las lesiones.
Esa situación configura el núcleo de la responsabilidad culposa: no adoptar las medidas que razonablemente correspondían para evitar un daño que era previsible. En el ámbito familiar, la ley entiende que la obligación de cuidado no solo no desaparece, sino que se intensifica por la relación filial.
Cabe remarcar que una imputación no equivale a una condena. Se trata de la apertura formal del tramo investigativo en el que se evaluarán pericias, testimonios y demás pruebas técnicas para determinar si hubo o no reproche penal.
Otros imputados y posibles cambios de calificación
El padre no es el único investigado. La causa se extendió también a los conductores de los otros vehículos involucrados en el siniestro, a fin de analizar concurrencias de responsabilidad y eventuales cadenas de causalidad.
Existe, además, una cuestión de relevancia jurídica que nadie desea que se active. Si el desenlace clínico del niño se agravara, la calificación legal podría variar y pasar de lesiones graves a homicidio culposo, una figura con consecuencias penales más severas.
Una problemática que excede el expediente
Más allá del caso concreto, el siniestro volvió a dejar al descubierto una problemática estructural en Pinamar: zonas de circulación sin control, vehículos recreativos en espacios sensibles y la naturalización de conductas peligrosas en temporada alta.
Cada verano se anuncian controles preventivos, operativos y multas más duras. Sin embargo, la experiencia muestra que la prevención es intermitente y que las tragedias se repiten con la misma regularidad con la que aparecen las promesas de mayor intervención estatal.
En Argentina, los siniestros viales continúan siendo una de las principales causas de muerte y lesiones graves en niños y adolescentes. Por eso, más allá del proceso judicial, el caso expone un dilema social: ¿seguiremos esperando que un juez actúe cuando el daño ya ocurrió o asumiremos finalmente que la prevención no puede limitarse a anuncios estacionales?







