Dos hombres fueron condenados a 14 años de prisión por el homicidio del remisero salteño Luis María Quesada, crimen ocurrido en marzo de 2024 en cercanías de la localidad de Caimancito, en el departamento Ledesma.
Los acusados, Cristian Maximiliano Viera y Fernando Luis Medina, fueron hallados culpables como coautores del delito de “homicidio en ocasión de robo”. La sentencia fue dictada el 4 de marzo de 2026 por el tribunal integrado por María Margarita Nallar —presidenta de trámite— y los jueces Alejandro Máximo Gloss y Luis Ernesto Kamada, con secretaría a cargo de Pablo Bustamante.
De acuerdo con la acusación fiscal, el hecho ocurrió el 26 de marzo de 2024, alrededor de las 21.15, cuando los imputados abordaron un remis conducido por Quesada en la parada ubicada en el cruce de la localidad de Pichanal, sobre la Ruta Nacional 34, en la provincia de Salta. El viaje tenía como destino la ciudad de Perico, en Jujuy.
Durante el trayecto, a bordo de un Chevrolet Corsa, y luego de pasar por la estación de servicio Refinor en Pichanal, los acusados obligaron al conductor a detener la marcha cuando se aproximaban a Caimancito.
En ese momento le exigieron que descendiera del vehículo y entregara sus pertenencias y el automóvil. Ante la resistencia de la víctima, ambos lo atacaron con un arma blanca y le provocaron 36 puñaladas, causándole la muerte por múltiples lesiones.
Tras el ataque, Viera y Medina ocultaron el cuerpo del remisero entre los pastizales, a unos 900 metros del ingreso a Caimancito, en un camino interno del gasoducto paralelo a la Ruta Nacional 34.
Luego escaparon del lugar a bordo del vehículo rumbo a Libertador General San Martín, donde entregaron el automóvil a un tercero para ocultarlo, desmantelarlo y venderlo, con el objetivo de obtener un beneficio económico y procurar la impunidad del crimen.
En el debate oral actuó como fiscal Agustín Jarma, en representación del Ministerio Público de la Acusación.
La defensa técnica de los imputados estuvo a cargo de los defensores oficiales penales Juan Pablo Canetti y Ezequiel Elgohyen, pertenecientes al Ministerio Público de la Defensa.
Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer dentro del plazo establecido por el Código Procesal Penal de la Provincia, tras lo cual las partes podrán solicitar la revisión del fallo ante una instancia superior.
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