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15 años de prisión para un individuo que abusó de su hija y de un menor

Además, dispuso que el Servicio Penitenciario le brinde tratamiento psicológico.
Los magistrados autorizaron la obtención de los perfiles genéticos del condenado a efectos de su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.

El veredicto fue emitido hoy, 12 de julio, por las juezas Alejandra Tolaba –presidente de trámite – y Felicia Barrios; y el juez Luciano Yapura. En tanto, la Secretaría del Tribunal estuvo a cargo de la Dra. Josefina Daud.

Los hechos

De acuerdo con la requisitoria fiscal de elevación a juicio de la causa, son cuatro los hechos por los cuales llegó a juicio el acusado.
El primero sucedió en fecha sin precisar, entre los años 2012 y 2014, en circunstancias en que la victima, una menor de edad, concurría al domicilio de su padre, el ahora condenado, ubicado en San Salvador de Jujuy.
Allí, el hombre, aprovechándose de la inmadurez de la víctima, la accedió carnalmente.

El segundo de los ilícitos, fue cometido también en fecha sin precisar, entre los años 2014 y 2015, cuando el acusado, aprovechando la inmadurez de su hija, la accedió carnalmente.

El tercero de los hechos tuvo lugar entre los años 2016 y 2017, en fecha sin precisar, en circunstancias en que la misma menor de edad fue abusada  por su padre.

El último delito acaeció, en fecha sin precisar, en el transcurso del año 2011, cuando un menor de edad fue a dormir al domicilio del acusado, padre de su hermana.
El hombre se aprovechó de la inmadurez del menor, le saco la ropa y lo accedió.

Alegatos

Como Fiscal ante el Tribunal se desempeñó el Dr. Marcelo Cuellar, quien en su alegato solicitó la pena de 15 años de prisión para el acusado.
Por su parte, el abogado defensor, Dr. Luís Rubén Gutiérrez, adhirió a lo requerido por el Fiscal, debido a que su defendido se declaró responsable de los hechos por los que fue acusado.

Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer dentro de los plazos legales establecidos en el Código Procesal Penal de la Provincia, fecha a partir de la cuál, las partes podrán solicitar su revisión ante una instancia superior.

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