Jueves 4 de junio de 2026

Economía

Reforma laboral: qué cambiará para los repartidores de Rappi, Uber y otras plataformas

La reforma laboral que obtuvo media sanción en el Senado incorpora un capítulo específico para quienes trabajan a través de aplicaciones como Rappi, Pedidos Ya, Uber y Cabify, con el objetivo de establecer reglas claras para su actividad.

El punto central del proyecto es que ratifica que los repartidores y conductores no son empleados en relación de dependencia, sino “prestadores independientes de plataformas tecnológicas”. Es decir, reconoce derechos y fija obligaciones, pero sin encuadrarlos como trabajadores bajo contrato laboral tradicional.

Qué derechos reconoce la reforma

El texto establece que los prestadores independientes:

Podrán conectarse libremente a una o varias plataformas y elegir sus horarios.

Tendrán derecho a aceptar o rechazar pedidos sin necesidad de justificar su decisión.

Podrán interrumpir el uso de la app sin aviso previo (salvo eventuales responsabilidades civiles).

Elegirán el medio de transporte (bicicleta, moto, auto u otro habilitado).

Podrán decidir el recorrido más conveniente, aun usando sistemas de navegación distintos a los sugeridos por la app.

Conservarán el 100% de las propinas que agreguen los usuarios.

Tendrán derecho a recibir una explicación ante suspensiones o bloqueos y a ejercer su derecho a réplica.

Podrán solicitar la portabilidad de sus datos, para utilizarlos en otras plataformas.

Además, las aplicaciones deberán informar de manera clara los criterios de categorización, asignación de servicios o funcionamiento del algoritmo, sin afectar el secreto comercial.

Obligaciones de las plataformas

Las empresas deberán:

Respetar la libertad de conexión.

Brindar información previa suficiente para que el prestador decida aceptar o no un viaje o entrega.

Ofrecer canales digitales simples para reclamos.

Garantizar atención humana de soporte.

Facilitar acceso a elementos de seguridad vial.

Proveer capacitaciones gratuitas, incluyendo formación en uso de la app y seguridad vial.

Garantizar un seguro de accidentes personales, que cubra fallecimiento accidental, incapacidad, gastos médicos y costos funerarios.

El proyecto aclara que la provisión de este seguro no implica reconocer relación laboral.

Obligaciones de los repartidores y conductores

Por su parte, los prestadores deberán:

Ser titulares de la cuenta con la que operan.

Estar inscriptos ante la AFIP y cumplir obligaciones fiscales y previsionales.

Realizar los aportes que les permitan acceder a la Prestación Básica Universal (PBU), retiro por invalidez o pensión por fallecimiento.

Informar una CBU o CVU para recibir pagos.

Respetar las normas de tránsito.

Cobertura y autonomía

La norma refuerza la idea de autonomía: no hay frecuencia mínima de conexión, ni obligación de aceptar pedidos, ni subordinación formal. También aclara que ampliar beneficios o sumar seguros adicionales no configura vínculo laboral.

El contexto económico

Según el “Índice APP” de la Fundación Encuentro, en diciembre de 2025 un repartidor necesitó realizar en promedio 454 pedidos para cubrir el costo de la Canasta Básica Total de un hogar tipo de cuatro personas. El dato muestra cierta mejora respecto a períodos anteriores, aunque también refleja diferencias significativas entre plataformas.

Ahora el proyecto deberá ser debatido en la Cámara de Diputados. Allí se definirá si este esquema —que consolida la figura del trabajador independiente con regulación específica— se convierte en ley o sufre modificaciones.

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