El Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia recuerda que continúa habilitado el Registro Obligatorio de Centros de Atención Familiar (CAF), el cual debe ser completado por todos los espacios activos antes del 10 de julio de 2025, sin excepción.
Esta medida, establecida mediante la Resolución N.º 666-DH, tiene como finalidad fortalecer el funcionamiento institucional de los CAF en todo el territorio provincial, mejorar la calidad de los servicios que brindan y optimizar la planificación de recursos destinados a la atención integral de las familias.
Se informa que aquellos centros que no hayan registrado avances antes de la fecha mencionada serán dados de baja del registro provincial.
Para facilitar este proceso, se encuentra disponible la Guía Práctica del Sistema de Gestión de CAF, que detalla los pasos para realizar la inscripción. Esta versión actualizada simplifica los trámites y permite un acceso más ágil a los responsables de cada centro.
Acceso a la guía:
Guía Práctica del Sistema de Gestión de CAF (PDF)
Consultas y asesoramiento:
WhatsApp: 388 456 3389
De forma presencial: Coordinación de CAF
El Ministerio destaca la importancia de cumplir en tiempo y forma con este requisito, ya que de ello depende la continuidad operativa de los Centros y el sostenimiento de las políticas públicas dirigidas a la contención y el fortalecimiento familiar en la provincia.
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