Martes 22 de septiembre de 2026

Política

Monteoliva cuestionó el fallo que declaró inconstitucional el nuevo régimen penal juvenil

La ministra de Seguridad se refirió a la resolución de una jueza porteña que sobreseyó a un adolescente de 14 años acusado de tentativa de robo. La magistrada había declarado inconstitucional un artículo del nuevo Régimen Penal Juvenil.

La ministra de Seguridad de la Nación, Alejandra Monteoliva, cuestionó la resolución de la jueza porteña Laura Beatriz de Marinis, quien declaró la inconstitucionalidad del artículo 1 del nuevo Régimen Penal Juvenil y sobreseyó a un adolescente de 14 años acusado de tentativa de robo.

De Marinis, titular del Juzgado en lo Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas N° 3 de la Ciudad de Buenos Aires, sostuvo en su resolución que la aplicación de la nueva normativa en ese caso resultaba contraria a la Constitución.

El fallo generó reacciones dentro del ámbito político y judicial, entre ellas pedidos de juicio político contra la magistrada.

Monteoliva manifestó su desacuerdo con la decisión y consideró que este tipo de resoluciones afectan tanto al sistema de Justicia como a las víctimas de delitos.

“Este tipo de definiciones le hacen daño a la justicia, a las víctimas”, afirmó la funcionaria durante una entrevista con Infobae en Vivo.

La ministra sostuvo que el abordaje de los delitos cometidos por menores debe contemplar tanto la situación de las personas afectadas como la del adolescente involucrado. En ese sentido, planteó la necesidad de analizar herramientas que permitan responder a estos casos dentro del marco legal vigente.

“Hay que evaluar muy bien qué herramientas se pueden tomar para revertir este tipo de situaciones”, señaló.

El nuevo Régimen Penal Juvenil

El caso se produjo luego de la entrada en vigencia del nuevo Régimen Penal Juvenil, que modificó las reglas aplicables a los adolescentes involucrados en delitos.

La resolución de De Marinis cuestionó específicamente la constitucionalidad del artículo que establece la aplicación del régimen a partir de los 14 años. Su decisión quedó así vinculada a uno de los principales cambios introducidos por la nueva normativa.

La discusión deberá continuar en el ámbito judicial, donde se determinará el alcance de la resolución y las eventuales vías de revisión del fallo.

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