Viernes 25 de septiembre de 2026

Política

La Cámara revocó el fallo que había invalidado el nuevo régimen penal juvenil

El tribunal dejó sin efecto el sobreseimiento de un adolescente de 14 años acusado de tentativa de robo y apartó del expediente a la jueza Laura Beatriz De Marinis. La investigación continuará bajo la Ley 27.801 y deberá intervenir otro magistrado.

La Sala III de la Cámara de Casación y Apelaciones en lo Penal Juvenil de la Ciudad de Buenos Aires revocó por unanimidad la resolución de la jueza Laura Beatriz De Marinis, quien había declarado inconstitucional la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil a un adolescente de 14 años acusado de participar en un intento de robo.

Los camaristas Ignacio Mahiques, Jorge Atilio Franza y Patricia Ana Larocca dejaron sin efecto el sobreseimiento y ordenaron que la investigación continúe bajo las disposiciones de la Ley 27.801, vigente desde el 5 de septiembre. Además, dispusieron el apartamiento de De Marinis del expediente y el sorteo de un nuevo magistrado.

La decisión fue adoptada a partir de la apelación presentada por los fiscales Mauro Andrés Tereszko y Paula Raffa Pirra contra la resolución del 21 de septiembre. En aquella oportunidad, la jueza había considerado inconstitucional la reducción de la edad de responsabilidad penal de 16 a 14 años prevista por la nueva legislación y había dispuesto el sobreseimiento del adolescente, identificado por las iniciales M.I.A.

Los argumentos de la Cámara

En el voto principal, redactado por Ignacio Mahiques, la Cámara sostuvo que la declaración de inconstitucionalidad constituye una herramienta excepcional y que, para aplicarla, debe demostrarse una contradicción concreta entre la norma cuestionada y la Constitución Nacional o los tratados internacionales vigentes.

Según el tribunal, la resolución de De Marinis había desarrollado distintos principios vinculados con la protección integral de niños y adolescentes, pero no había explicado de qué manera el establecimiento de los 14 años como edad mínima de responsabilidad penal resultaba incompatible con una obligación constitucional o convencional específica.

Mahiques también señaló que el Poder Judicial no puede sustituir una decisión adoptada por el Congreso en materia de política criminal únicamente por considerar que existe otra alternativa legislativa que podría resultar más conveniente o menos punitiva.

La Cámara analizó además las referencias realizadas en la sentencia original a las recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas. Al respecto, recordó que la Convención sobre los Derechos del Niño establece la necesidad de fijar una edad mínima de responsabilidad penal, pero no determina expresamente cuál debe ser.

También mencionó que la Observación General N° 24 del Comité reconoce los 14 años como un estándar mínimo general, aunque recomienda conservar edades superiores en aquellos países que ya las hayan establecido.

Para los camaristas, esas recomendaciones constituyen elementos relevantes para la interpretación de las normas, pero no representan por sí mismas una prohibición jurídica para que un Estado modifique su legislación.

La situación particular del adolescente

Otro de los puntos analizados fue la utilización de las circunstancias particulares del acusado y del hecho investigado para cuestionar la constitucionalidad de la nueva legislación.

La jueza De Marinis había tenido en cuenta, entre otros aspectos, la situación de vulnerabilidad social del adolescente, que no se habían producido lesiones físicas a la víctima y que el robo había quedado en grado de tentativa.

La Cámara consideró que esos elementos pueden ser evaluados al momento de determinar la responsabilidad individual, analizar medidas alternativas o establecer una eventual sanción, pero que no resultan suficientes para declarar inconstitucional la edad mínima fijada por el Congreso.

El tribunal también destacó que el nuevo Régimen Penal Juvenil contempla distintas respuestas frente a los hechos atribuidos a adolescentes, entre ellas medidas socioeducativas, mecanismos de mediación y la suspensión del proceso a prueba.

En ese sentido, cuestionó que la resolución original hubiera considerado que la aplicación del nuevo régimen necesariamente podía derivar en una pena de prisión.

El apartamiento de la jueza

Además de revocar el sobreseimiento, la Cámara dispuso el apartamiento de De Marinis del expediente, una medida que había sido solicitada por el Ministerio Público Fiscal.

Los camaristas consideraron que la magistrada había adelantado valoraciones sobre aspectos que deberán ser analizados durante la investigación, como la relevancia penal del hecho, su grado de ejecución y la afectación concreta del bien jurídico.

Mahiques entendió que esas consideraciones justificaban su apartamiento para preservar la imparcialidad del proceso.

Por su parte, Franza coincidió con la decisión y cuestionó con dureza algunos aspectos de la resolución original. En su voto sostuvo que se había configurado un supuesto de arbitrariedad y cuestionó la consideración otorgada a los derechos de la víctima.

El expediente deberá regresar al juzgado de origen y ser remitido a la Oficina de Sorteos y Asignación de Causas para determinar qué nuevo magistrado quedará a cargo.

Cómo comenzó la causa

La investigación se inició el 10 de septiembre, cuando un grupo de adolescentes fue detenido luego de un intento de robo contra un hombre de 47 años en la zona de Palermo.

Uno de los acusados, M.I.A., tenía 14 años y quedó alcanzado por el nuevo Régimen Penal Juvenil, que había entrado en vigencia cinco días antes.

Su defensa planteó la inconstitucionalidad de la reducción de la edad de responsabilidad penal. De Marinis hizo lugar al planteo, entendió que debía aplicarse el límite de 16 años establecido por la legislación anterior y dispuso el sobreseimiento del adolescente.

La Fiscalía apeló la resolución y el caso llegó a la Cámara, que ahora revocó aquella decisión.

Con el nuevo pronunciamiento, el sobreseimiento quedó sin efecto y la investigación continuará bajo las disposiciones del régimen vigente. La Cámara no se pronunció sobre la responsabilidad del adolescente ni sobre las medidas que eventualmente podrían corresponderle, cuestiones que deberán ser analizadas por el nuevo juez que intervenga en el expediente.

Entradas recientes

Sabrina Rojas contó detalles de su participación en PH y reveló opinión sobre un invitado

La actriz y conductora anticipó algunos momentos de la emisión que se verá este sábado…

24 minutos hace

Facundo Moyano volvió a la televisión y negó las acusaciones de violencia contra Candela Arizaga

El sindicalista fue entrevistado por Moria Casán y se refirió nuevamente a la denuncia en…

46 minutos hace

Más de 100 mil personas se encuentran bajo la línea de pobreza en Jujuy-Palpalá

El INDEC registró una incidencia de la pobreza del 27,6% en el aglomerado Jujuy-Palpalá durante…

2 horas hace

Pampita llegó a Jujuy y será jurado en la elección de la Reina Nacional de los Estudiantes

Carolina “Pampita” Ardohain arribó este viernes a Jujuy para participar de una de las noches…

3 horas hace

Mercados: el riesgo país supera los 600 puntos y el Merval cae por quinto día consecutivo

Los bonos soberanos en dólares retroceden 1,2% en promedio y el riesgo país sube hasta…

3 horas hace

Reforma política: Sadir, entre los gobernadores que negocian con el Gobierno nacional

El Gobierno nacional busca reunir apoyos en el Congreso para eliminar las PASO del calendario…

3 horas hace