El incidente ocurrió el pasado 28 de mayo, cuando una mujer víctima de violencia de género fue acompañada por personal policial al hospital tras un llamado de emergencia debido a agresiones físicas sufridas en su domicilio. El traslado fue realizado con el correspondiente oficio emitido por el ayudante fiscal para constatar las lesiones de la víctima.
A las 3:00 de la mañana, la profesional médica de guardia se negó a atender a la mujer, argumentando que no se trataba de una urgencia y que debería regresar a las 8:00 de la mañana. El personal policial siguió sus instrucciones y regresó al hospital en el horario indicado, encontrándose con otro médico de guardia.
Este segundo profesional tampoco brindó la atención adecuada: no revisó debidamente a la mujer, no la medicó, ni le extendió los certificados correspondientes. Esta conducta, según el Fiscal Blanco, viola las disposiciones de la Ley Micaela, la Ley de Emergencia de Violencia de Género de la provincia de Jujuy, conocida como «Ley IARA», así como otras normativas nacionales y convenciones internacionales adheridas por el Estado Nacional sobre la debida diligencia en casos de violencia de género.
Como resultado de estas acciones, ambos médicos han sido imputados por el delito de omisión de los deberes de funcionario público, previsto en el artículo 249 del Código Penal de la Nación.
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