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Moratoria: infractores de tránsito pagarán solo un 30%

Dando cumplimiento a la ordenanza Nº 6990/2016 el Juzgado de Faltas de la Municipalidad de la Capital está implementando una moratoria para faltas y multas de tránsito, en el marco del Régimen Especial de  Regularización de Deudas.

Al respecto, la Jueza Administrativa de Faltas de la Municipalidad, Dra. María Ester Alfaro puntualizó, “esta moratoria es exclusivamente para las infracciones de tránsito; no entran las faltas y multas que correspondan a otras direcciones”
Esta ordenanza alcanza a las actas de comprobación de infracciones de tránsito retroactivamente desde el 31 de octubre del 2016.  El plazo de vigencia implementado empieza a regir desde el 1º de febrero  hasta el 31 de marzo del 2017.
En cuanto a los montos a pagar, para cualquier tipo de infracción de tránsito, en la etapa que esté notificada, no notificada, o con o sin sentencia, la jueza comunal destacó, “se estableció una condonación del 70% del valor de la multa para todos los que se acojan a la moratoria dentro del plazo establecido”.
Con respecto a los horarios de atención en los centros de pagos, la Dra. Alfaro indicó que desde el mes de febrero “se ha normalizado la atención al público en todas las dependencias municipales, es decir que este trámite puede hacerse ya sea por la mañana o por la tarde”.
“Instamos a los infractores a acercarse y pagar, ya que únicamente estarán abonando el 30%, no hay mucha espera y se pueden sacar de encima un montón de infracciones, hecho que les permitirá acceder al Libre Deuda para poder realizar otros trámites necesarios, como el de la Licencia Nacional de Conducir”, finalizó la jueza de Faltas.
Para acogerse a esta moratoria y efectuar los pagos correspondientes se puede hacer en el los siguientes centros de cobro habilitados:
Edificio 9 de Julio –ex 4 de Junio-: 9 de Julio y Comandante Espora, 1er Piso
Dirección de Rentas Municipales: Otero 410;
Edificio Central Raúl Alfonsín: avenida El Éxodo 215
Mercado de Concentración de Abasto:   avenida Almirante Brown 368 1er Piso.
También se pueden acoger a la moratoria ingresando a la página web http//www.rentasmuni.gob.ar en la que hay que seguir paso a paso las sencillas y fáciles instrucciones, y hasta se pueden efectuar los pagos mediante tarjeta de crédito y débito.

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