Miércoles 22 de julio de 2026

Categorías: Economía

Servicio con clave fiscal: Presentaciones digitales en la Dirección General Impositiva

¿Qué es Presentaciones Digitales? Es un servicio con clave fiscal para realizar presentaciones y/o comunicaciones escritas de manera digital y con carácter de declaración jurada, sin necesidad de concurrir a una dependencia.

Para utilizar el servicio tenés que tener:

CUIT, CUIL o CDI

Clave fiscal con nivel de seguridad 2 o superior

Domicilio Fiscal Electrónico

Si olvidaste tu clave fiscal, ingresá a ¿Cómo recupero la clave fiscal?

Si no tenés constituido el domicilio fiscal electrónico, ingresá a ¿Cómo me adhiero al domicilio fiscal electrónico?

¿Qué beneficios tiene el servicio?

Además de ser cómodo, seguro y fácil, te contamos todo lo que podés hacer con el nuevo servicio:

Presentar digitalmente un trámite nuevo o complementar la información de una presentación anterior.

Visualizar en qué estado está tu presentación:

Borrador: significa que no realizaste el envío de la presentación.

Asociada a principal: significa que la presentación está complementando un trámite principal ya presentado.

Enviada: significa que ya enviaste la presentación. En este caso, el sistema emitirá un número de solicitud para el seguimiento del trámite.

En curso: significa que tu presentación digital fue enviada y recibida. La respuesta la recibirás en tu Domicilio Fiscal Electrónico.

Finalizada: significa que la presentación digital está resuelta con resultado denegada, gestionada, desistida, rechazada o archivada, según corresponda.

Puesta a disposición de otros sistemas.

Cancelar, guardar y enviar la presentación realizada.

Eliminar la presentación cuando su estado es “Borrador”.

Desistir la solicitud realizada, siempre que no esté finalizada o rechazada.

Imprimir una copia de la presentación y/o comunicación.

Adjuntar hasta 10 archivos, con un máximo de 2 MB cada uno en formato pdf, doc, docx, jpg, jpeg, png, bmp, gif. Si el tamaño es mayor, tenés que acercarte a la dependencia para solicitar que adjunten la información a tu presentación.

¿Qué trámites puedo realizar digitalmente?

Hasta el 30 de junio de 2020, inclusive, es obligatorio utilizar el servicio presentaciones digitales para los siguientes trámites:

· Alta retroactiva de impuestos

· Baja retroactiva de impuestos o regímenes

· Beneficio detracción anticipada

· Bonos fiscales – utilización de imputación en exceso de anticipos

· Cambio de domicilio fiscal – Personas humanas

· Cambio fecha de cierre de ejercicio

· Cancelación de inscripción por fallecimiento (*)

· Capacidad Económica Financiera – CEF – Disconformidad

· Carga de fecha de jubilación

· Certificado de capacidad económica – Persona con discapacidad (*)

· Certificado de exclusión de retención de IVA – RG N° 2.226

· Certificado de exención impuesto a las ganancias- RG N° 2.681

· Certificado de libre deuda previsional – Ley N° 13.899

· Certificado de no de retención de impuesto a las ganancias – RG N° 830

· Certificado de no retención Reg. Nac. De Seguridad Social – Disconformidad

· Certificado de residencia fiscal (*)

· Certificado de ventajas impositivas – RG N° 2.440

· Consultas no vinculantes – Art. 12 Decreto N° 1.397/79

· Consultas vinculantes – RG N° 4.497

· Controlador fiscal – Baja y/o recambio de memoria

· Detracción para empleadores concesionarios de servicios públios

· Devolución de saldos de libre disponibilidad – RG N° 2.224

· Ejecuciones fiscales – Dación de pago de embargos

· Ejecuciones Fiscales – Plan de pago de Honorarios

· Ejecuciones fiscales – presentaciones y comunicaciones varias

· Empadronamiento de imprentas

· Facturas M – Disconformidad

· Impugnación – RG N° 79

· Modificación de capacidad productiva (*)

· Modificación de nombre, apellido y/o género

· Modificación del Estado Administrativo de la CUIT – Modalidad de reactivación presencial

· Planes de pago. Anulaciones, cancelaciones anticipadas totales y otras

· Presentación de escritos recursivos. Art. 74, D.R 1397/79 (*)

· Presentación F. 408 – Allanamiento o desistimiento

· Procesamiento o anulación de compensación

· Profesionales – Atención consultas

· Promoción del desarrollo y producción de la biotecnología moderna

· Readecuación de nómina. Formulario 885/A (*)

· Recupero de IVA exportación

· Registración de contratos – RG N° 2596

· Registro de beneficios ICREDED – RG N° 3.900

· Registro fiscal de operadores de granos (*)

· Reorganización de sociedades (*)

· Reimputación de pagos – Formulario 399

· Sistema registral – Registros especiales

· Solicitud de no retención Impuesto a las Transferencia de Inmuebles

· Solicitud convalidación de saldos – RG N° 3.093

· Solicitud de reintegro de saldo libre disponibilidad, transferencia – RG N° 1.466

· Transferencia de importes convalidados – RG N° 1.466

· Utilización de importes transferidos – RG N° 1.466

· Zona de emergencia – Acreditación

· Plan moratoria -entidades sin fines de lucro-

· Caracterización asociación de de cuits

· Monotributo-modificación de una categoría a una inferior a la actual.

(*) Una vez recibida la presentación, te informaremos los requisitos para tu caso en particular.

Las presentaciones digitales enviadas deben cumplir con los requisitos y condiciones que se especifican para cada trámite. Caso contrario, recibirás una comunicación de rechazo en el Domicilio Fiscal Electrónico (DFE) indicando los motivos para que puedas subsanarlos y volver a presentarla.

También te avisaremos por DFE cuando sea necesario que te acerques personalmente a la dependencia para aclarar o exhibir los originales de la documentación presentada digitalmente. La falta de concurrencia en la fecha y hora acordada dará lugar al archivo del trámite por razones de incumplimiento.

Para las presentaciones y/o comunicaciones electrónicas que se efectúen en un día feriado o inhábil e impliquen el inicio de un plazo para algún trámite, este comenzará a contarse a partir del primer día hábil siguiente.

OBSERVACIONES: además está plenamente vigente el sistema online de OBTENCION DE CUIT DIGITAL (en www.afip.gob.ar) y el de OBTENCION O BLANQUEO DE CLAVE FISCAL on line (app miafip).

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