La norma busca potenciar la competencia en los supermercados y desarmar las posiciones dominantes en algunas categorías.
El proyecto se promulgó en los últimos días de marzo a través del decreto 268/2020, tras haber sido sancionada por el Congreso en la última sesión extraordinaria de febrero, y quedó pendiente de reglamentación para su entrada en vigencia, que finalmente se oficializó este martes.
La norma tiene por objetivo contribuir a que el precio de los productos alimenticios, bebidas, de higiene y limpieza del hogar «sea transparente y competitivo, en beneficio de los consumidores». Asimismo, apunta a «evitar que realicen prácticas comerciales que perjudiquen o impliquen un riesgo para la competencia u ocasionen distorsiones en el mercado».
La ley establece que los productos de una marca no pueden ocupar más del 30% de la góndola y que de un producto, por ejemplo, de fideos o galletitas, debe haber cinco marcas diferentes, como mínimo.
El 25% de los productos deben ser de las pymes, cooperativas o mutuales y el 5%, deben ser de empresas de agricultura familiar, campesina o indígena o de la economía popular.
Los productos de menor precio deben estar en el sector medio de la góndola y en la primera página del sitio web donde se muestren; mientras que en la isla de exhibición y en los exhibidores que están pegados a la caja donde se cobra, el 50% del espacio debe estar ocupado por productos de micro y pequeñas empresas nacionales, de cooperativas y de mutuales.
Además, la ley indica los supermercados deberán contemplar distintos plazos y condiciones de contratación a los distintos proveedores según sean pymes o sectores de la economía popular, y no podrán exigir aportes o adelantos financieros a los proveedores ni imponerles la entrega de mercadería gratuita o por debajo del costo de provisión como condición para exhibir los productos.
Con información de Télam
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